Este proyecto busca congelar los sueldos de jueces y funcionarios.
miércoles, 22 de noviembre de 2023
El Poder Ejecutivo giró a la Cámara de Diputados de la Provincia un proyecto de ley que pretende congelar los salarios de todos los funcionarios, empleados y contratados de los tres Poderes del Estado, empresas estatales y entes descentralizados que sean superiores al sueldo del gobernador. De esta forma, se intenta poner un tope a los recursos que se destinen al pago de sueldos de los funcionarios de la Justicia, que se resiste ajustar el presupuesto para el año que viene, y ahora podrían verse impedidos de establecer incrementos salariales, al menos hasta que sus haberes queden por debajo de los del gobernador.
Concretamente, el primer artículo del proyecto reza: “Establécese que ningún funcionario, Legislador, Magistrado, empleado o contratado, bajo cualquier modalidad, que preste servicios en el ámbito del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, abarcando la Administración Central, Entidades Autárquicas, Entes Descentralizados, Empresas Estatales o Mixtas con participación estatal mayoritaria, percibirá una remuneración y/o contraprestación bruta total, bajo cualquier modalidad o concepto, superior a la remuneración bruta que legalmente corresponda percibir al cargo de Gobernador o Gobernadora de la Provincia”. “En los casos que las remuneraciones de los agentes públicos mencionados superen el máximo fijado, éstos no percibirán aumentos futuros hasta que se cumpla lo dispuesto precedentemente. Todo ello sin perjuicio de los derechos adquiridos”, agrega la normativa.
Respecto de quienes en la actualidad tengan ingresos superiores a los del gobernador, el artículo segundo deja establecido que “toda persona que se encuentre abarcada por lo dispuesto en el artículo anterior y que al momento de la entrada en vigencia de la presente perciba una remuneración y/o contraprestación bruta total, bajo cualquier modalidad o concepto que sea, que supere dicho límite, mantendrá plenamente su derecho adquirido a la remuneración y/o contraprestación que perciba a ese momento. En tales casos, cuando se disponga, por cualquier vía que sea y/o acuerde, un aumento salarial y/o de contraprestaciones que los alcance, el aumento que en cada caso corresponda por todo concepto no podrá ser superior al treinta por ciento (30%) del aumento que legalmente corresponda percibir al cargo de Gobernador de la Provincia en la misma oportunidad”.
Fuentes del Ejecutivo señalaron que esta ley es una medida de ajuste que apunta dar una señal de cara al futuro, dado el contundente cambio en cuanto a política económica que se anuncia a partir de la asunción del presidente electo Javier Milei.
“La equidad y la igualdad deben ser principios rectores para el Estado, que solo podrá fortalecerse en la medida que se proponga terminar con las injusticias y reducir la inequidad”, comienzan advirtiendo los argumentos del proyecto. “La política, la función pública, no da privilegios”, sentencia, para luego agregar: “Como servidores públicos, ninguno de los tres Poderes del Estado debe ser ajeno a la austeridad y solidaridad, sino que debemos ser quienes pongamos el ejemplo”.
Asimismo, señala que el artículo 141 de la Constitución provincial establece que “El Gobernador y el Vicegobernador gozan del sueldo que la ley determine. La remuneración que perciba el Gobernador constituirá el sueldo máximo en la Provincia (…)”. “Justamente esta iniciativa legislativa viene a dar operatividad a la manda constitucional del artículo 141, como ya sucedió en antecedentes normativos, los cuales resultaron plenamente válidos”, sostiene el texto.
Explica también que la Constitución también prevé que los ingresos de Legisladores y miembros del Poder Judicial permite que los mismos sean fijados por leyes, aunque se prevé que, en el caso de los ministros de la Corte, no podrán ser nunca inferiores a la retribución que de los ministros del Poder Ejecutivo.
“No hay razón para que funcionarios de todos los poderes del Estado sean mejor remunerados sin respetar lo dispuesto por los arts. 141 y 198 de la Carta Magna Provincial. Tampoco hay lógica en querer violar estos artículos teniendo en cuenta la crítica situación económica. Si se pide a nuestros ciudadanos ajustarse, nosotros, como integrantes del sector público, debemos ajustarnos también. Muchos países, que han debido recurrir a medidas de austeridad, han entendido que todos los sectores deben compartir los esfuerzos, y así han decidido recortar los sueldos de sus funcionarios públicos y/o ponerles un tope”, señalan los fundamentos, donde también se citan antecedentes tanto a nivel nacional como provincial de medidas similares que pusieron un límite a los ingresos de funcionarios.
