https://ff6a4c650827f87f30921e0e7b8c2520.safeframe.googlesyndication.com/safeframe/1-0-45/html/container.html

Por acuerdo mercantil, la conmemoración fijada por ley para el 26 de septiembre cambiará de día para garantizar un fin de semana largo de descanso a los trabajadores.

28/8/2026

En el marco de la Ley 26.541, que instituyó el Día del Empleado de Comercio, este año la conmemoración se trasladará formalmente del sábado 26 de septiembre al lunes 28 de septiembre de 2026. La decisión, acordada entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras del sector empresarial, busca permitir que los trabajadores del rubro disfruten de un fin de semana largo de descanso consecutivo.

El acuerdo marco estipula el impacto de la jornada festiva y las condiciones de prestación de servicios en la actividad comercial:

  • Alcance del feriado y cierres: Durante la jornada del lunes 28 de septiembre, los establecimientos comerciales tradicionales, supermercados, mayoristas, centros comerciales (malls y shoppings), tiendas de indumentaria, electrodomésticos y grandes cadenas permanecerán cerrados o funcionarán con esquemas de guardia mínima operados únicamente por sus propios dueños.
  • Rubros exceptuados y comercios de cercanía: Aquellos locales gastronómicos, farmacias de turno, estaciones de servicio y pequeños comercios atendidos directamente por sus propietarios podrán abrir sus puertas con normalidad.
  • Régimen salarial y optatividad: Para la legislación laboral vigente, la jornada tiene carácter de feriado nacional. En caso de que un empleado preste servicios de manera optativa el lunes 28, la empresa deberá abonar la jornada con un recargo del 100% sobre el salario habitual (pago doble), sin que la fecha pueda ser otorgada como franco compensatorio posterior.

Desde las entidades sindicales y mercantiles recomendaron a los consumidores realizar las compras con anticipación para evitar inconvenientes frente a la interrupción de la atención habitual en las grandes superficies y comercios adheridos.

Fuentes: 0223.com/Diariodemocracia.com