El decreto establece que el alojamiento de los detenidos se determinará según el sexo registrado en el momento del hecho delictivo.
jueves, 6 de febrero de 2025
El Gobierno oficializó este jueves que el alojamiento de los detenidos carcelarios se determine por el sexo registrado al momento del hecho delito para evitar que cualquiera pueda usar la excusa del cambio de género para pedir un traslado de la cárcel en la que se encuentra.
La decisión quedó plasmada mediante Decreto 61/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y los ministros de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, y de Seguridad, Patricia Bullrich.
El decreto establece que “la administración penitenciaria asignará, dentro de su misma jurisdicción, el lugar de alojamiento, reubicación o traslado de la persona privada de la libertad en función del sexo que la persona registre, en los términos de la Ley N° 26.743, al momento del hecho por el cual se ordenó su detención”.
También aclara que no podrá disponerse el alojamiento en un establecimiento penitenciario destinado a mujeres, de una persona que haya tramitado la rectificación registral de su sexo, cuando:
- La privación de la libertad sea dispuesta por la comisión de un delito previsto en los Títulos I, III o V del Libro Segundo del CÓDIGO PENAL o por cualquier otro delito cuando hubiere sido cometido con violencia hacia una mujer
- La evaluación técnica realizada por la autoridad administrativa penitenciaria determine que su alojamiento en un establecimiento penitenciario, signifique un riesgo para la seguridad, la integridad física, psíquica o moral o la vida de los demás internos del establecimiento penitenciario.
