La medida traba los créditos comerciales y obliga a los compradores a desviar los pagos hacia cuentas judiciales, bloqueando el capital de trabajo de los contribuyentes.

martes, 19 de mayo de 2026

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comenzó a profundizar sus acciones de cobro judicial mediante una agresiva estrategia: el envío de mandamientos de embargo directamente a los clientes de aquellos contribuyentes que mantienen deudas tributarias. Según advirtió el consultor Marcos Felice y reflejó el Blog del Contador, esta práctica instrumentada dentro de juicios de ejecución fiscal se multiplicó en las últimas semanas en diversos sectores económicos, afectando de manera inmediata el flujo de fondos de las empresas alcanzadas al interceptar el circuito de cobro antes de que el dinero ingrese a las cuentas bancarias.

El mecanismo se activa a partir de una deuda fiscal exigible, momento en que el organismo solicita judicialmente medidas cautelares sobre bienes y créditos del deudor. Bajo este esquema, los juzgados libran mandamientos a clientes, contratistas o locatarios del contribuyente ejecutado, quienes quedan obligados por ley a informar si mantienen deudas comerciales con el proveedor y a retener los importes indicados hasta cubrir el límite del embargo. La operatoria alcanza a facturas pendientes, honorarios, certificados de obra, alquileres o comisiones, recayendo sobre el derecho de cobro que el ejecutado tiene contra ese tercero.

Esta ofensiva genera un impacto financiero crítico para las firmas que dependen del flujo permanente de cobranzas para sostener su capital de trabajo, afrontar salarios o cumplir con proveedores habituales. A diferencia del embargo bancario tradicional, este procedimiento bloquea ingresos futuros y genera fuertes tensiones operativas, trasladando el conflicto judicial a terceros vinculados comercialmente que ahora se ven forzados a lidiar con notificaciones y requerimientos de los tribunales.

Desde el punto de vista jurídico, la herramienta cuenta con el respaldo legal del régimen de ejecución fiscal previsto en la Ley 11.683 y las reglas del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Aunque el cliente notificado no se convierte en deudor tributario de ARCA, el incumplimiento de la orden de retención o el pago directo al proveedor ignorando la traba judicial puede derivar en serias responsabilidades procesales para la empresa compradora. Esta profundización de las medidas cautelares consolida una estrategia de mayor agresividad recaudatoria orientada a asegurar el recupero rápido de deudas, encendiendo alarmas entre asesores tributarios y cámaras empresariales.